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Archive for the ‘Definición de conceptos’ Category

Hace tres años comencé la ventura de crear un blog.  Si miro las estadísticas me alegra que una media de 250 personas leen cada día alguno de los post, que más 6.000 lo vistan cada mes, pero lo que más me alegra es que a través del blog he podido compartir ideas y experiencias con personas que de otro modo hubiera sido difícil.

Hace unos días en twitter se preguntaba @aliachahin (una asidua en comentar los post y que escribió Conciliación profesional vs conciliación familiar de una treintañera, con  gran aceptación y participación)  qué  era más importante la cantidad o la calidad en  lo que a seguidoras/es se refiere. Lo normal es decir que lo que importa es la calidad, algo totalmente cierto, pero no debemos olvidar que la cantidad también es necesaria. Pongamos un ejemplo: para que un blog se lea, se difunda, para que pueda llegar a mucha gente es necesario que esté bien posicionado en Google, es decir, que sea uno de los primeros cuando hacemos una búsqueda en algún tema. Para lograr esto tienen que leerlo muchas personas, es decir, la cantidad también importa.

Hay algunos post que a pesar de que los escribí hace más de dos años son los más leídos, es el caso de Billy Elliot: ejemplo de estereotipo de género. No importa las veces que vea la película, siempre me gusta y refleja la realidad de cómo los estereotipos de género influyen.

Otro de los post más leídos es Definición de conceptos: Empoderamiento (I). Me alegra ver que este tema interesa porque considero que es de vital importancia que las mujeres logremos empoderarnos, eliminar los impedimentos que nos impiden nuestro desarrollo profesional y personal.

Definición de conceptos: feminismo no es lo contrario de machismo también despierta mucho interés entre las personas que visitan el blog. Es aún frecuente escuchar frases “no me gusta el machismo pero tampoco el feminismo” como si fueran conceptos que pudieran equiparase. Por ello es importante dejar claro que significa cada uno de los términos.

Me siento, pues, satisfecha de la marcha del blog y doy las gracias a quienes leéis y comentáis los diferentes post. Como decía al principio a partir del blog se ha creado una red que intercambiamos información y experiencias, incluso planeamos algún proyecto en común, que tal vez algún día se concrete.

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Al definir el empoderamiento de las mujeres como “un proceso de cambio en el que las mujeres aumentan su acceso al poder y como consecuencia se transforman las relaciones de poder, desiguales entre los géneros”, debemos plantearnos qué entendemos por poder. Comenzamos con algunas definiciones.

  • La RAE lo define como:

o   Tener expedita la facultad o potencia de hacer algo.

o   Tener facilidad, tiempo o lugar de hacer algo.

o   Tener más fuerza que alguien, vencerle luchando cuerpo a cuerpo

  • Para Hanna Arendt, es la capacidad humana no sólo de actuar, sino de hacerlo concertadamente.
  • Según Anthony Giddens, es la “capacidad transformativa” o la “capacidad para lograr resultados”, que “no necesariamente se relaciona con el conflicto” ni es “inherentemente opresivo”.

El uso más habitual del término hace referencia a la facultad de mandar, de imponer. Se piensa en poder “como algo que se ejerce sobre o contra alguien, en relaciones de pugna y dominación”. Aquí el concepto de poder lo aplicamos como capacidad de las personas a tomar sus propias decisiones y a intervenir y actuar para cambiar la realidad.

Naila Kabeer distingue entre:

  • Poder de/para: es la capacidad de producir cambios.
  • Poder sobre: es un poder de suma cero, en el que el aumento de poder de una persona implica la pérdida de poder de otra

Los conceptos de género y poder están directamente relacionados, el patriarcado dejó a las mujeres sin poder, sin capacidad para decidir su propio destino. Al relegar a las mujeres al espacio doméstico las privó de todo poder político y económico. La desigualdad de género es consecuencia del poder masculino que ha mantenido en una posición subordinada a las mujeres

La IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres de Beijing consideró que para eliminar   las desigualdades entre hombres y mujeres era necesario lograr el empoderamiento de las mujeres. Es un empoderamiento que da a las mujeres poder para: tomar sus propias decisiones y a intervenir y actuar para cambiar la realidad.

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Hemos visto que el empoderamiento de las mujeres es un proceso de cambio en el que aumentan su acceso al poder y como consecuencia se transforman las relaciones, desiguales entre los géneros.

El empoderamiento económico de las mujeres significa “ser dueñas de sus propios negocios, estar profesionalizadas, ser conocedoras de su entorno económico, desarrollar su actividad en el mercado formal, orientar sus actividades hacia el crecimiento y la sostenibilidad, y ocupar los espacios de participación y toma de decisiones en el ámbito económico. En definitiva, supone ocupar los espacios en los que se desarrolla la actividad económica formal, acceder a los recursos que apoyen sus iniciativas productivas, tener capacidad de incidencia en su entorno y ser reconocidas como agentes clave del desarrollo de sus comunidades”.

El acceso a los recursos sigue siendo primordialmente masculino, son ellos quienes detentan el poder económico. Aunque las diferencias sean abismales entre unos países y otros lo cierto es que las mujeres siguen estando en desventaja. Algunos datos son significativos:

  • En la UE las diferencias salariales entre mujeres y hombres rondan el 17,8%.
  • De las personas que viven en situación de pobreza en el mundo, unos 1.700 millones, más del 70%, son mujeres.
  • La mayor parte del trabajo de las mujeres se desarrolla dentro de la economía informal. También en este tema existen grandes diferencias entre continentes, pero sea en el trabajo agrícola, en las tares domésticas o como cuidadoras, las mujeres en muchos lugares del mundo mantienen la economía familiar, por lo que su contribución a la economía no entra en las estadísticas.

Los organismos internacionales hacen hincapié en la necesidad de avanzar en la igualdad y eliminar la discriminación de las mujeres, como la mejor manera de erradicar el hambre y la pobreza. El empoderamiento económico de las mujeres es una forma de lograrlo.

En el Encuentro de Emprendedoras Africanas y Española celebrado en Madrid en junio de 2010, se planteó que el empoderamiento económico de las mujeres es uno de los ejes básicos del desarrollo. Soraya Rodríguez, secretaria de Estado de Cooperación Internacional, señaló que “sigue habiendo enormes problemas, tanto en países desarrollados, donde ya hay grandes avances en otros ámbitos, como en los países en desarrollo. Hay resistencias a la Igualdad”.


La creación de ONU-Mujeres, presidida por Michelle Bachelet, tiene también entre sus objetivos el empoderamiento de las mujeres. La ex-presidenta, en su primera comparecencia señaló que “sus prioridades estarán orientadas a combatir la mortalidad materna, favorecer la emancipación económica y alertar sobre las violaciones de los derechos humanos de las mujeres

El informe preliminar de UNIFEM, “El progreso de las mujeres en el Mundo”, señala que para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) se debe eliminar  “la discriminación y la desigualdad (que) continúan inhibiendo el progreso hacia dichos objetivos, incluida la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, la reducción del hambre y la pobreza, el logro de la educación primaria universal, el mejoramiento de la salud materna y el combate del VIH y el SIDA”.

El concepto de poder también lleva equívocos, lo veremos en otro post.

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El concepto de empoderamiento es muy utilizado hoy en día, fundamentalmente cuando se habla de cooperación al desarrollo y/o de género. También se utiliza desde algunas teorías relacionadas con el poder, como por ejemplo la teoría de las competencias, la teoría de la resilencia, etc. Pero tendemos a dar por conocidos términos que no siempre están claros, por ello comenzamos con algunas definiciones:

Empoderamiento:

  • Proceso mediante el cual las personas fortalecen sus capacidades, confianza, visión y protagonismo en cuanto que forman parte de un grupo social, para impulsar cambios positivos en las situaciones en las que viven”.
  • “Las personas y/o grupos organizados cobran autonomía en la toma de decisiones y logran ejercer control sobre sus vidas basados en el libre acceso a la información, la participación inclusiva, la responsabilidad y el desarrollo de capacidades”.
  • Es el proceso de cambio en el que las mujeres aumentan su acceso al poder y como consecuencia se transforman las relaciones desiguales de poder entre los géneros”.

Voy a centrarme en el análisis del empoderamiento de las mujeres, que incluye tanto el cambio individual como la acción colectiva, e implica la alteración radical de los procesos y estructuras que reproducen la posición subordinada de las mujeres como género.

El concepto de empoderamiento tiene su origen en la educación popular de Paulo Freire y su desarrollo teórico está unido al análisis de género. El término se aplica a todos los grupos vulnerables, pero donde ha encontrado más eco ha sido en relación con las mujeres. Su aplicación fue propuesta por primera vez a mediados de los 80 por una red de grupos de mujeres e investigadoras del Sur y del Norte, DAWN, para referirse al proceso por el cual las mujeres acceden al control de los recursos (materiales y simbólicos) y refuerzan sus capacidades y protagonismo en todos los ámbitos.

En la IV Conferencia de Acción de Beijing se consolida la idea de trabajar por el empoderamiento de las mujeres como algo necesario para lograr la igualdad. El concepto de empoderamiento se relaciona con el poder entendido, no como dominación sobre los demás, sino como capacidad de las mujeres de aumentar su auto-confianza e influir en los cambios. En Beijing +15, entre otras resoluciones se aprobó trabajar por el empoderamiento económico de las mujeres.

Para que las mujeres se empoderen, deben hacerlo en el plano individual y en el colectivo. Empoderarse a nivel individual supone que adquieran confianza en sí mismas, que sean asertivas, que logren autoridad para tomar decisiones, en definitiva, que actúen como sujetos de derecho no sometidas a control ni limitadas por los roles que la sociedad les impone.

El empoderamiento, implica también tener acceso a los recursos, tanto materiales como simbólicos, lo que supone que es necesario lograr el empoderamiento económico que veremos otro día.

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El término feminismo se contrapone muy a menudo al término machismo cuando no son conceptos opuestos sino diferentes. Veamos algunas definiciones:

Según la RAE.

  • Feminismo es:
    • Doctrina social favorable a la mujer, a quien concede capacidad y derechos reservados antes a los hombres.
    • Movimiento que exige para las mujeres iguales derechos que para los hombres.
  • Machismo es:
    • Actitud de prepotencia de los varones respecto de las mujeres.

Victoria  Sau[1] dice:

  • «El feminismo, es un movimiento social y político que se inicia formalmente a finales del siglo XVIII -aunque sin adoptar todavía esta denominación- y que supone la toma de conciencia de las mujeres como grupo o colectivo humano, de la opresión, dominación, y explotación de que ha sido y son objeto por parte del colectivo de los varones en el seno del patriarcado bajo sus distintas fases históricas de modelo de producción, lo cual las mueve a la acción para la liberación de su sexo con todas las transformaciones de la sociedad que aquélla requiera».

 

  • “El machismo lo constituyen actos físicos o verbales, por medio de los cuales se manifiesta de forma vulgar y poco apropiada el sexismo subyacente en la estructura social (…) El machista generalmente actúa como tal sin que, en cambio sea capaz de explicar o dar cuenta de la razón interna de sus actos. Se limita a poner en práctica de un modo grosero, aquello que el sexismo de la cultura a la que pertenece por nacionalidad y condición social le brinda”.

Marcuse en “Marxismo y feminismo” dice que el movimiento feminista actúa en dos niveles: uno, la lucha por conseguir la igualdad completa en lo social, lo cultural y lo económico; dos, “más allá de la igualdad” tiene como objetivo la construcción de una sociedad en la que quede superada la dicotomía hombre-mujer.

Vemos, pues, que el feminismo es un movimiento social, mientras  que el machismo es una actitud, queda claro que comparar ambos términos no tiene sentido. Las personas con actitudes y comportamientos machistas consideran a las mujeres como seres inferiores, con menos derechos que los hombres. El movimiento feminista, por el contrario, intenta conseguir una sociedad igualitaria, en la que exista una igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.

El machismo se encuentra en todas las sociedades y tiene fuertes implicaciones para el desarrollo de las personas desde su nacimiento, pues al tratar de forma diferenciada a niñas y niños se impide que desarrollen capacidades y actitudes que una educación no sexista podría fomentar. Las actitudes machistas rebajan a las mujeres a meros objetos al servicio del hombre. Es difícil que hoy nadie se defina como machista, pero como dice Luis Bonino «aún queda mucho machismo encubierto».

Al hablar de movimiento feminista lo hacemos en un sentido amplio, es decir, toda movilización que las mujeres, a lo largo de la historia, han llevado a cabo contra las  sociedades patriarcales que limitan sus derechos. Dentro del feminismo existen diferentes corrientes de pensamiento y modos de enfocar la situación de discriminación de las mujeres. Las diferentes teorías feministas las abordaremos en otro post.

 

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Definiendo conceptos: Acción positiva

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Definición de conceptos: Corresponsabilidad mejor que conciliación


[1]Diccionario ideológico feminista”, Barcelona, Icaria, 1981.

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Actualmente se habla mucho de conciliación de la vida laboral, personal y familiar, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, de liderazgo femenino, etc. Cuando se trata de favorecer el liderazgo femenino parece estar bastante claro cuál debe ser el camino a seguir, no es así cuando se habla de conciliación.

La masiva incorporación de las mujeres al trabajo remunerado planteó la necesidad de conciliar la vida laboral y familiar, esta nueva realidad social fue la que determinó que se promulgará la Ley de conciliación de la vida familiar y laboral.

  • Conciliar la vida laboral y familiar implica compatibilizar el trabajo remunerado con el trabajo doméstico y las responsabilidades familiares.

No obstante, el concepto de conciliación ha ido cambiando con el tiempo, hoy día no sólo se habla de conciliar la vida familiar y laboral, se incluye lo personal.

  • Conciliar la vida laboral, familiar y personal, supone incluir la disponibilidad de tiempo para el desarrollo personal.

El concepto de corresponsabilidad da un paso más y conlleva que mujeres y hombres se responsabilicen de las tareas domésticas, del cuidado de hijas/os y personas dependientes. Implica, en definitiva, olvidar la dicotomía público/privado, donde el espacio público es un espacio para los hombres y el espacio privado para mujeres[i].

  • La corresponsabilidad supone que mujeres y hombres puedan dedicar su tiempo tanto al trabajo remunerado como al personal y doméstico.

Son muchas las empresas que para adecuarse a la Ley de Igualdad comienzan a implantar medidas para que las mujeres ocupen puestos de dirección y/o responsabilidad. Un buen ejemplo es el Grupo Santander que tiene como objetivo que en 2013 haya una mujer con responsabilidad de negocio en cada comité de dirección. En estos momentos sólo el 12% de mujeres ocupa puestos de dirección en el Grupo.

Pero cuando se trata la implantar mediadas para facilitar la conciliación, el tema no está tan claro, ni por parte de las empresas ni de las administraciones. Veamos el titular de un periódico: Más de 50.000 madres trabajadoras valencianas concilian la vida familiar y laboral”. No voy a negar que apoyar a las madres trabajadoras es necesario, ya que son las mujeres las que siguen ocupándose del cuidado de hijas/os y personas dependientes, pero poner en marcha medidas para facilitar que las mujeres concilien, implica mantener los roles y estereotipos de género que tradicionalmente se han asignado a las mujeres y que tanto han perjudicado y siguen perjudicando a aquellas que quieren desarrollar una carrera profesional.

Por todo ello abogo porque se sensibilice a mujeres y hombres de la necesidad de corresponsabilizarse de las tareas domesticas y del cuidado de las personas dependientes para así tener las mismas oportunidades en al acceso, la permanencia y la promoción en el trabajo remunerado.

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[i] Aunque, sería mejor hablar de espacio doméstico en el caso de las mujeres, pues pocas veces éstas disponen un espacio privado. Como dice Soledad Murillo, El mito de la vida privada, Madrid, Siglo XXI 1996.

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El concepto de igualdad[1] es a menudo controvertido, sobre todo cuando hablamos de igualdad de género. Vivimos un momento en el que hablar de igualdad de género es hoy sinónimo de debate. Para algunas personas es absurdo seguir hablando de igualdad entre los sexos cuando es una cuestión hace tiempo resuelta. Para otras personas es un concepto que supone rechazo “ya están las feministas con el tema de la igualdad”, frases similares las escuchamos quienes trabajamos estos temas.

Se cuestiona que exista un Ministerio de Igualdad, una Ley de Igualdad de Oportunidades, que se implanten Planes de igualdad en las empresas, en definitiva, se cuestiona  el concepto de igualdad de género.

Es importante señalar que hablar de igualdad de género no implica negar que existen diferencias entre los sexos, sino defender que mujeres y hombres tenemos los mismos derechos, que unas y otros debemos tener libertad para escoger nuestra propia vida sin que por ello la sociedad nos marque.  La igualdad es, como dice Ángeles Jiménez Perona[2], “un modelo general de relación recíproca entre individuos que se reconocen mutuamente sus diferencias”. Es decir, no estamos hablando de que mujeres y hombres sean iguales, homogéneos, sino que tengan los mismos derechos, las mismas oportunidades.

Podemos hablar de igualdad ante la ley, según la RAE:

  • Principio que reconoce a todos los ciudadanos capacidad para los mismos derechos”.

Parece claro que todos los ciudadanos tienen la misma capacidad y derechos, pero ¿Y las ciudadanas? Este no es un problema baladí, ya que sabemos que históricamente se eliminó a las mujeres y a las/os esclavas/os del derecho a ciudadanía. Hoy día la mayoría de los países reconocen los mismos derechos a mujeres y hombres, aunque nunca debemos olvidarnos de que aún hay muchas mujeres en el mundo a las que se les niega el derecho a la igualdad, que siguen siendo moneda de cambio y están sometidas a los hombres.

La igualdad de género es, en definitiva, equidad, libertad, “libertad para tener educación, libertad para tener soltería, libertad para tener un matrimonio que se disuelva[3]”. Para que las mujeres y los hombres logremos una igualdad real es necesario que en todos los campos de la sociedad, pero en especial en el mundo empresarial y en el familiar, se eliminen los roles que impiden que las mujeres y los hombres desarrollen todas sus capacidades. Hablar de igualdad de género es eliminar las barreras que impiden que las mujeres lleguen a puestos de responsabilidad, lideren organizaciones, países.

Ya hemos hablado de que a veces pueden ser necesarias acciones positivas en el mercado laboral para eliminar las desigualdades existentes, pero también es necesario que los cambios lleguen al ámbito doméstico, para que mujeres y hombres se corresponsabilicen de las tareas domésticas y del cuidado de las personas dependientes. Esté tema lo debatiremos en otro post.

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[1] Para una definición más completa del concepto de igualdad, recomiendo el análisis de Ángeles Jiménez Perona en “10 palabras claves sobre mujer”  dirigido por Celia Amorós. Ed. Verbo Divino, Navarra 1995.

[2] Ibíd, 149

[3] Valcárcel Amelia, “La política de las mujeres”. Ediciones Cátedra. Madrid 2004.

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Las acciones positivas son:

  • Medidas dirigidas a eliminar las desigualdades existentes contra grupos históricamente discriminados. Son medidas temporales con las que se pretende suprimir y compensar las desventajas existentes”.

En el caso que nos ocupa, la discriminación de género, las medidas de acción positiva tienden a eliminar las desigualdades que históricamente sufren las mujeres como consecuencia de los roles y estereotipos que la sociedad les impone. La legislación internacional, europea y española rechaza todo tipo de discriminación por razón de sexo.

A nivel internacional, el primer instrumento jurídico en que se recoge la estrategia de Acción Positiva es la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (ONU, 18-12-1979) ratificada por España el 16 de diciembre de 1983.

La Ley de Igualdad en el Titulo I,  artículo 11. Acciones Positivas: dice:

  • “Con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los Poderes Públicos adoptarán medidas específicas a favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas, serán aplicables en tanto subsistan dichas situaciones, habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso”.

El Consejo de las Comunidades Europeas recomienda a los Estados miembros que adopten políticas de acción positiva para eliminar “las desigualdades que de hecho sufren las mujeres en su vida profesional y conseguir una participación equilibrada en las profesiones y niveles jerárquicos”.

Es necesario diferenciar las acciones positivas de las acciones protectoras que tradicionalmente se han aplicado para proteger a las mujeres.

Acciones protectoras son aquellas que conceden ventajas al sexo femenino por considerarle inferior o más débil. Se hace la excepción de las medidas de protección a la maternidad y el embarazo. Es importante señalar que las acciones protectoras son medidas paternalistas que se han aplicado en las sociedades patriarcales y que tienden a consolidar el rol de las mujeres como el sexo débil al que hay que proteger. El Tribunal Constitucional (TC) se ha declarado en contra de dichas medidas por considerarlas  incompatibles con la igualdad de trato.

El mismo Tribunal acepta las medidas de acción positiva a favor de las mujeres diferenciándolas claramente de las acciones protectoras, declarando legítima su aplicación para compensar las desigualdades existentes. “La acción positiva se legitima no en función de la persona beneficiaría, sino en función de su pertenencia a un colectivo discriminado, en este caso las mujeres”.

Vemos, pues, que la puesta en marcha de acciones positivas, para eliminar las desigualdades que de hecho sufren las mujeres, están fundamentadas legalmente y especialmente aquellas relacionadas con el mercado laboral. No es necesario insistir aquí en la situación de desventaja de la que parten las mujeres cuando se incorporan al mercado laboral, cuando desean desarrollar una carrera profesional o en lo que se refiere al salario.

El concepto de acción positiva va unido al de igualdad que veremos en otro momento.

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Según la Real Academia Española (RAE) discriminar es:

  • Seleccionar excluyendo.
  • Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.

 

Discriminación positiva (RAE):

  • Protección de carácter extraordinario que se da a un grupo históricamente discriminado, especialmente por razón de sexo, raza, lengua o religión, para lograr su plena integración social.

El termino discriminación de género hace referencia a las situaciones de desigualdad que sufren las personas por razón de su sexo. La discriminación de género es un fenómeno social, puesto que son necesarias representaciones de ambos sexos para que pueda darse esta situación.

Teresa Pérez del Río define la discriminación como un concepto complejo, dinámico y de significado difuso. Distingue entre:

Discriminación directa:

  • Toda forma de tratamiento, acto u omisión, con resultado perjudicial, que tiene como condicionante abierto o manifiesto la causa que se intenta erradicar por la normativa de tutela antidiscriminatoria, en nuestro caso el sexo.

 

Discriminación indirecta

  • Consiste en un comportamiento aparentemente neutro pero con resultado perjudicial para un grupo caracterizado por determinadas causas que las normas pretenden eliminar

El concepto de discriminación indirecta nace es Estados Unidos como consecuencia de las reivindicaciones de las minorías negras contra la segregación que sufrían. En los años sesenta las políticas de igualdad trascenderán la esfera de lo racial para incluir consideraciones de sexo, religión y origen racial. Con el tiempo acabarán dando cobertura a factores de edad, orientación sexual o discapacidad.

Desde el momento en que se han puesto en marcha medidas de igualdad entre mujeres y hombres, se ha comenzado a hablar de discriminación positiva o discriminación inversa, que como hemos dicho es un término controvertido a pesar de que la RAE la acepta y define. La Directiva Europea 76/207 declara que no se opondrá a: “… las medidas encaminadas a promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en particular para corregir las desigualdades de hecho que afecten a las oportunidades de las mujeres en las materias contempladas en el apartado 1 del artículo 1”. Sin embargo las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas,  en los casos Kalanke y Marschall parecen limitar la aplicación de dicha Directiva.

A menudo se utiliza el término discriminación positiva como sinónimo de acción positiva pero considero que son términos que no deben equipararse. Simplificando podemos decir que:

  • La acción positiva significa aplicar medidas en el punto de partida.
  • La discriminación positiva en el punto de llegada.

En la presentación del libro “Cine y género en España”, la directora Inés París para explicar lo que desde el CIMA se plantea para el cine, ponía un ejemplo que me pareció muy gráfico y claro, decía más o menos: “pongamos por ejemplo el golf, sería válido que de salida las mujeres tuvieran 5 metros de ventaja, partiendo del hecho de que tienen menos fuerza, pero no que cuando se llega al hoyo se adelante la bola de las mujeres”. El primer caso sería una acción positiva, el segundo discriminación positiva. Al igual que Inés Paris defendía para el cine la primera propuesta, abogo por este tipo de medidas que no discriminan, sino que corrigen desigualdades.

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La utilización del término género se ha popularizado en los últimos años y ello a pesar de las críticas que por diferentes razones rechazan la utilización del término. Entendemos por género:

  • El conjunto de ideas, creencias, representaciones y atribuciones sociales construidas en cada cultura tomando como base la diferencia sexual.
  • Sexo: Se refiere a las características biológicas diferenciales que existen entre mujeres y hombres.

El término género lo habían utilizado en la antropología John Money y  Robert Stoller, haciendo alusión a las connotaciones culturales en la formación de la identidad sexual. Desde el movimiento feminista se acuña el concepto de “género” para analizar y explicar las relaciones de poder y subordinación entre los sexos, aunque ya Simone de Beauvoir (1949) había dicho: no se nace mujer, se llega a serlo. Ningún destino biológico, sociológico o económico determina la figura que presenta la hembra humana en la sociedad: es la civilización como un todo la que produce esa criatura, intermedia entre hombre y eunuco, que se describe como femenina». Es evidente que está hablando de género.

Rosa Cobo Bedia[i] sitúa el origen de la noción de género en el siglo XVII con el pensamiento de Poulain de la Barre quien considera que “la desigualdad social entre hombres y mujeres no es consecuencia de la desigualdad natural, sino que, por el contrario, es la propia desigualdad social y política la que produce teorías que postulan la inferioridad de la naturaleza femenina”.

El sistema sexo-género es una categoría de análisis que ha sido introducida en las ciencias sociales en los últimos años y que nos permite cuestionar nuestros valores y creencias en las relaciones entre los sexos.

Fue Gayle Rubin (1975) quien enunció la teoría sexo-género, que es la que permite distinguir los rasgos biológicos de los culturales o sociales, rompe la vinculación existente entre género y sexualidad al afirmar la construcción social de estas categorías. Define el género como:

  • el conjunto de convenciones mediante las cuales una sociedad transforma la sexualidad biológica en productos de la actividad humana y en la que se satisfacen esas necesidades sexuales transformadas».

A nivel político el concepto de género se comienza a utilizar tras la IV Conferencia de Acción de Beijing (1995) que lo definió así:

  • “El género se refiere a los papeles sociales construidos para la mujer y el hombre asentados en base a su sexo y dependen de un particular contexto socioeconómico, político y cultural, y están afectados por otros factores como son la edad, la clase, la raza y la etnia”.

Hablar de género, pues, está sobradamente justificado y por ello defiendo utilizar el término para entender y analizar la situación que mujeres y hombres tenemos hoy día. El género condiciona nuestra forma de actuar, de entender el mundo, de relacionarnos y condiciona que unas y otros podamos desarrollar nuestras capacidades.

La construcción social del género, tradicionalmente ha considerado a las mujeres como seres inferiores, delimitando sus funciones a la reproducción y confinándolas al espacio privado. El espacio público estaba, y en parte sigue estando, reservado a los hombres. Es necesario romper los roles y estereotipos de género para que mujeres y hombres vivamos en condiciones de igualdad.


[i] Rosa Cobo Bedia en “10 palabras claves sobre mujer”. Celia Amorós directora. Evd, Navarra 1995.

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